- Categoría: Acción protectora
Existen en nuestra regulación determinados mecanismos para prolongar la vida laboral, los cuales pasan por fórmulas que permiten compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación con la actividad profesional. En nuestro sistema de Seguridad Social, ha sido tradicional la incompatibilidad de la jubilación con el trabajo, tanto por cuenta propia como ajena, cuya realización –como regla general– suspende el derecho al cobro de la prestación. Aunque esta regla general siempre ha tenido algunas excepciones, de un tiempo a esta parte se ha institucionalizado la compatibilidad de la pensión con el trabajo en situaciones de jubilación parcial, jubilación flexible y envejecimiento activo. Estudiamos ambas figuras en los siguientes apartados.