Antes de comenzar la entrada de hoy me gustaría hacerles una pregunta a mis lectores; ¿Existe una rama del Derecho con más entretenimiento que el Derecho del Trabajo? Solamente tenemos que ver en el BOE las normas que se publican de una rama y de otra y llegaremos a la conclusión de que entretenimiento -y quebraderos de cabeza- nos da.
Dicho lo cual, tenemos una nueva norma en vigor, norma de bastante calado; estamos hablando de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, la cual trae cambios de bastante relevancia (nuevos colectivos de atención prioritaria, condiciones de la transformación del Servicio Público de Empleo Estatal en la Agencia Española de Empleo, etc.), pero a pesar de que haremos varios análisis de su articulado, en la entrada de hoy me quiero centrar en las modificaciones que trae en la Ley General de Seguridad Social, concretamente en aspectos referentes a la configuración de la prestación contributiva y asistencial de desempleo y del cese de actividad de las personas trabajadora autónomas, por ser materias que nos afectan más directamente y que por ello debemos tener un conocimiento más urgente.