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¿Cuáles son los elementos esenciales de los permisos retribuidos

Como sabemos, los permisos retribuidos tienen como finalidad exonerar a la persona trabajadora de la obligación de prestar servicios en un momento dado, al primar el ordenamiento jurídico la atención de otros menesteres de carácter personal, por regla general necesarios y urgentes. Por tanto, los elementos que concurren respecto a esta institución son dos: de una parte, la concurrencia de una causa descrita a nivel legal o convencional y, por otra parte, el efecto que puede desencadenar dicha causa, que es la exoneración del deber de trabajar.

La incapacidad permanente y el trabajo ¿es viable? Estudiamos todos los supuestos

Un gran número de trabajadores, aun teniendo reconocida una Incapacidad Permanente,  quieren trabajar, por distintas razones: porque su pensión es insuficiente, porque quieren seguir activos o porque pueden realizar algunas actividades compatibles con su estado de salud. Pues bien, en cada uno de los cuatro tipos de Incapacidad Permanente se regula de forma específica esta  posibilidad. Vamos a estudiarlo detenidamente.

¿Qué requisitos ha de tener una demanda? Además, damos algún que otro consejillo

Antes de comenzar a analizar cuáles son los requisitos que ha de tener una demanda para que resulte válida y no tengamos sorpresas inesperadas, tenemos que definir que es una demanda. La demanda es el acto procesal que, por iniciativa de parte, pone en marcha el proceso. Como excepción al principio de oralidad, es necesario que se formule por escrito mediante los formularios y procedimientos facilitados al efecto en la oficina judicial donde deba presentarse (art. 80.1 LJS).

¿Por qué motivos se puede declarar nulo un despido colectivo?

La sentencia declarará nula la decisión extintiva únicamente cuando el empresario no haya realizado el período de consultas o entregado la documentación prevista en el artículo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores o no haya respetado el procedimiento establecido en el artículo 51.7 del mismo texto legal u obtenido la autorización judicial del juez del concurso en los supuestos en que esté legalmente prevista, así como cuando la medida empresarial se haya efectuado en vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas.

¿Vulnera el derecho al honor y a la intimidad la publicación de la sanción de un trabajador?

Para responder a esta pregunta que nos hacemos hoy, vamos a analizar la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 1 de marzo de 2017 (recurso número 117/2017), mediante la cual y metiéndonos en su supuesto de hecho, se trata de un trabajador que presta sus servicios como conductor y es sancionado por la empresa mediante una suspensión de empleo y sueldo. Después de ser ratificado por el Juzgado, la empresa anota esta sanción en el cuadrante-gráfico de servicios mensuales el período sancionado y el nombre completo del trabajador acompañado de las letras “SAN”. A dicho cuadrante únicamente tienen acceso los conductores, la administración de la empresa y el personal de recursos humanos. Pues bien, el trabajador cree que esta actuación de la empresa vulnera sus derechos fundamentales al honor, intimidad y propia imagen.

Hemos de comenzar la pregunta que nos hacemos hoy intentando dar un concepto de accidente de trabajo. Cuando estamos trabajando y tenemos un accidente, se considera accidente de trabajo, ya que lo tenemos al estar ejecutando una actividad laboral; por ejemplo, un trabajador que se corta con una máquina en una fábrica o un obrero que se cae del andamio en el cual está trabajando. Pues bien, cuando tenemos un accidente de este tipo nos surgen muchas dudas sobre como tenemos que actuar. Pues aquí vamos a intentar dar unas pautas importantes a seguir.

¿Qué ha ocurrido con la figura del desistimiento en el trabajo doméstico?

Muchas consultas he recibido sobre la cuestión que da título a la entrada de hoy y he decidido crear este pequeño comentario para explicarlo a todos mis lectores y suscriptores. Para dar respuesta a la pregunta hemos de comenzar indicando que esta materia se ha visto reformada por el reciente Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. Esta norma lo que hace es eliminar precisamente la figura del desistimiento sin causa de la persona empleadora.

¿Cuáles son las causas justificativas para incomparecer ante un reconocimiento médico en una incapacidad temporal?

Una suspensión cautelar del subsidio de incapacidad temporal puede pararse si el sujeto justifica, hasta el momento mismo previsto para la comparecencia, la imposibilidad de acudir al examen médico al que ha sido convocado, en cuyo caso se le dará una nueva cita (apartado 3, párrafo 2°, artículo 9 del Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración). Igualmente es posible que el sujeto justifique la falta de comparecencia dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha prevista para el reconocimiento médico, procediéndose entonces a dejar sin efecto la suspensión y a rehabilitar el pago del subsidio con efectos desde la fecha en que quedó suspendido (apartados 4 y 5 del artículo 9 del RD 625/2014).

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Ángel Ureña Martín

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Soy un letrado laboralista apasionado por el Derecho Laboral, director de esta web y colaborador habitual en varios portales jurídicos. También soy profesor e investigador. Saber más >

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