Volvemos -como ya viene siendo de costumbre- con el comentario de urgencia de una nueva Ley que tiene implicaciones en el ámbito laboral y, por ello, debemos conocer las novedades que recoge. Me esto refiriendo a la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. La denominada «Ley Trans» ha incorporado al ordenamiento jurídico laboral una nueva perspectiva para garantizar los derechos laborales de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales (LGTBI) frente a situaciones de discriminación por la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la diversidad familiar.
La norma, como decía antes, trae importantes novedades que afectan a diversas normas dentro del ámbito laboral (Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, Estatuto del Trabajo Autónomo, Ley reguladora de la Jurisdicción Social, Estatuto de los Trabajadores, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).




















