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Los salarios de tramitación, como su nombre indica, son salarios a los que tiene derecho el trabajador cuando una empresa opta por readmitirle posteriormente a que un tribunal haya calificado su despido como improcedente o nulo. Dicha cantidad va a corresponder a los salarios que se dejan de percibir por el trabajador desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia que declare la improcedencia o nulidad del despido.
Su finalidad es compensar al trabajador de un perjuicio que le causa el despido, el no percibir salario desde la fecha en la cual es despedido. El trabajador de esta forma no se ve perjudicado por el despido realizado y percibe el mismo salario que hubiera percibido si el despido no se hubiera llevado a cabo. Los salarios de tramitación tienen una naturaleza indemnizatoria, y no salarial aunque tengan la obligación de cotizar, y por tanto no generan derecho a vacaciones.




















