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Compensación de gastos en el teletrabajo, ¿la empresa tiene que abonar internet si el trabajador lo comparte con otras personas?

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Compensación de gastos en el teletrabajo, ¿la empresa tiene que abonar  internet si el trabajador lo comparte con otras personas?

ENUNCIADO DEL CASO PRÁCTICO. Una persona trabajadora ha prestado servicios en teletrabajo durante varios años. La empresa no ha compensado gasto alguno por la utilización de servicios de internet. Cuando presta facturas de internet para que se le compense el gasto los recibos están a nombre su cónyuge, lo que para la empresa evidencia el uso compartido del servicio de internet por parte de la unidad familiar. ¿Debe la empresa abonar íntegramente los gastos de internet? 

Nombre del archivo: Compensación de gastos en el teletrabajo. La empresa tiene que abonar internet si el trabajador lo comparte con otras personas.pdf
Categoría: Prácticos laborales
Tamaño del archivo: 146.7 KB
Creador por: Ángel Ureña Martín
Fecha de creacion: 04-26-2024
Fecha de última actualización: 09-01-2026
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Soy un letrado laboralista apasionado por el Derecho Laboral, director de esta web y colaborador habitual en varios portales jurídicos. También soy profesor e investigador. Saber más >

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