Tributación de alquiler turístico sin servicios propios de la industria hostelera
Por Ángel Ureña Martín
ENUNCIADO DEL CASO PRÁCTICO. Se trata de unas viviendas alquiladas turísticamente sin prestación de otros servicios, por ende, operación exenta de IVA y los ingresos tributan como rendimiento capital inmobiliario. Se procede a la contratación de una persona a jornada completa para limpiar cada vez que salen y entran los turistas. ¿Pasaría a considerarse una actividad empresarial y sería una operación sujeta a IVA?
| Nombre del archivo: | Tributación de alquiler turístico sin servicios propios de la industria hostelera.pdf |
| Categoría: | Prácticos fiscales |
| Tamaño del archivo: | 282.8 KB |
| Creador por: | Ángel Ureña Martín |
| Fecha de creacion: | 05-14-2024 |
| Fecha de última actualización: | 05-14-2024 |













