Cobro de deuda posterior a la disolución de la sociedad a efectos de IRPF
Por Ángel Ureña Martín
ENUNCIADO DEL CASO PRÁCTICO. Una sociedad limitada se disolvió en 2010, al socio único se le adjudicó todo el activo, incluida una deuda de un cliente pendiente de cobro en vía judicial. En septiembre de 2022 se llegó a un acuerdo. ¿Cómo y cuánto tributaría?
| Nombre del archivo: | Cobro de deuda posterior a la disolución de la sociedad a efectos de IRPF.pdf |
| Categoría: | Prácticos fiscales |
| Tamaño del archivo: | 288.51 KB |
| Creador por: | Ángel Ureña Martín |
| Fecha de creacion: | 05-13-2024 |
| Fecha de última actualización: | 05-13-2024 |













